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El certificado digital, la firma digital y la digitalización certificada de facturasEn este artículo entraremos primero en la definición de lo que es una certificado digital, cómo se relaciona con la firma electrónica y explicaremos el papel que tienen las entidades con derecho a emitir certificados digitales, las Autoridades de Certificación.
Un Certificado Digital es un documento digital, computarizado, mediante el cual un tercero de confianza (una "autoridad de certificación) garantiza la vinculación entre la identidad de un sujeto o entidad y su clave pública. Explicaremos lo que es la clave pública más adelante.
La "clave pública" y "la clave privada"La criptografía asimétrica es el método criptográfico que usa un par de claves para el envío de mensajes. Las dos claves pertenecen a la misma persona a la que se ha enviado el mensaje. Una clave es pública y se puede entregar a cualquier persona, la otra clave es privada y el propietario debe guardarla de modo que nadie tenga acceso a ella. Además, los métodos criptográficos garantizan que esa pareja de claves sólo se puede generar una vez, de modo que se puede asumir que no es posible que dos personas hayan obtenido casualmente la misma pareja de claves.b Si el remitente usa la clave pública del destinatario para cifrar el mensaje, una vez cifrado, sólo la clave privada del destinatario podrá descifrar este mensaje, ya que es el único que la conoce. Por tanto se logra la confidencialidad del envío del mensaje, nadie salvo el destinatario puede descifrarlo. Si el propietario del par de claves usa su clave privada para cifrar el mensaje, cualquiera puede descifrarlo utilizando su clave pública. En este caso se consigue la identificación y autenticación del remitente, ya que se sabe que sólo pudo haber sido él quien utilizó su clave privada (salvo que alguien se la hubiese podido robar). Esta idea es el fundamento de la firma electrónica. Es la firma electrónica certificada que le da al documento su valor legal como p.e. una factura firmada electrónicamente. La Ley 59/2003 de la firma electrónica equipara, jurídicamente, la firma electrónica a la firma en papel, dotándola así de plena validez legal para las transacciones electrónicas públicas y privadas; y en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, se determina la posibilidad de remitir las facturas por medios electrónicos. Si disponemos de la clave pública del certificado de la firma electrónica podemos comprobar que la factura enviada realmente viene del remitente. Además, no se puede modificar una factura firmada electrónicamente sin alterar el cifrado e invalidar la factura. Por ello, es la forma más segura de emitir y recibir facturas, sin entrar aquí en otras ventajas de la factura electrónica, como son el ahorro de gastos de gestión de la mismas y la flexibilidad que supone disponer de una factura cuya información se puede explotar de las más diversas formas en nuestros procesos de negocio. La misión de las Autoridades de CertificaciónFinalmente, las Autoridades de Certificación también se encargan de la gestión de los certificados firmados. Esto incluye las tareas de revocación de certificados que puede instar el titular del certificado o cualquier tercero con interés legítimo ante la Autoridad de Certificación por e-mail, teléfono o intervención presencial.La lista denominada CRL (Lista de Revocación de Certificados) contiene los certificados que entran en esta categoría, por lo que es responsabilidad de la Autoridad de Certificación publicarla y actualizarla debidamente. Por otra parte, otra tarea que debe realizar una Autoridad de Certificación es la gestión asociada a la renovación de certificados por caducidad o revocación. Si la Autoridad de Certificación emite muchos certificados, corre el riesgo de que sus CRL sean de gran tamaño, lo que hace poco práctica su descarga para los terceros que confían. Por ese motivo desarrollan mecanismos alternativos de consulta de validez de los certificados, como servidores basados en los protocolos OCSP y SCVP. Autoridad de Certificación de personas y de servidoresLos certificados de "entidad final" a veces designan personas (y entonces se habla de "certificados cualificados") y a veces identifican servidores web (y entonces los certificados se emplean dentro del protocolo SSL para que las comunicaciones con el servidor se protejan con un cifrado "robusto" de 128 bits).Autoridades de Certificación Públicas y PrivadasUna Autoridad de Certificación puede ser o bien pública o bien privada. Los certificados de Autoridades de Certificación (certificados raíz) de las Autoridades de Certificaciones públicas pueden o no estar instalados en los navegadores pero son reconocidos como entidades de confianza, frecuentemente en función de la normativa del país en el que operan.Las Autoridades de Certificaciones públicas emiten los certificados para la población en general (aunque a veces están focalizadas hacia algún colectivo en concreto) y además firman la Autoridad de Certificación de otras organizaciones. Autoridades de Certificación en la Unión Europea.El Artículo 11 de la Directiva 1999/93CE de firma electrónica establece que los países miembros notificarán a la Comisión y a los otros estados miembros lo siguiente:
La necesidad de gestionar el alto número facturas y recibos asociados a la actividad comercial de una empresa, implica asumir gastos asociados a la impresión, envío y manipulación del documento, lo que lleva aparejado un gasto aproximado de 1,2 euros por factura enviada e incluso algo más por factura recibida, especialmente por las obligaciones de custodia.
Requisitos para la creación de documentos en formato electrónico con digitalización certificadaLos obligados tributarios pueden proceder a la digitalización certificada de las facturas, documentos sustitutivos y otros documentos de interés tributario que conserven en papel y tengan el carácter de originales. Las facturas, documentos sustitutivos y otros documentos así digitalizados permiten que el obligado tributario pueda prescindir de los originales en papel que le sirvieron de base.Para poder llevar a cabo la conversión del documento en papel al formato electrónico, es imprescindible cumplir algunos requisitos:
La homologación del software para la digitalización certificadaLa homologación del software exige ciertos requisitos que se detallan en la RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007.El proceso implica la aplicación de firmas electrónicas cualificadas o reconocidas y el uso de sistemas de fecha y hora exacta de la factura certificada, por lo que es necesario contar con un certificado electrónico apropiado. Según el artículo 7 de la Orden EHA 962/2007 y del apartado primero de la Resolución 24 de octubre de 2007 sobre el procedimiento para la homologación de software de digitalización de facturas, listamos a continuación algunos de los formatos estándares más comunes para el uso de documentos electrónicos de digitalización certificada:
La solución Pixelware Legal Scan ha pasado el paso de revisión por una empresa especializada en auditoría de Digitalización Certificada que ha confirmado que cumple con los requisitos de la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007, y actualmente se encuentra en tramites para solicitar la homologación ante la Agencia Tributaria de su solución de digitalización certificada de los documentos electrónicos generados o digitalizados con las soluciones de gestión de procesos de documentos específicas de Pixelware. Pixelware ha creado, entre otras, diversas Soluciones de Negocio para la Gestión Electrónica de los documentos que facilitan el cumplimento de las normativas que rigen la factura electrónica / facturación telemática, la digitalización certificada de facturas y permiten crear procesos integrales para la gestión de sus facturas: Si desea más información pulse AQUÍ... Mapa web · Pixelware 2011 Todos los derechos reservados |